¿Qué es el Cuidado Personal en Chile?
mayo 30, 2025Mediación Escolar en Chile
mayo 30, 2025La relación directa y regular, comúnmente conocida como «régimen de visitas», es el derecho que tiene el padre, madre u otro familiar que no tiene el cuidado personal del niño, niña o adolescente, a mantener un vínculo activo, frecuente y significativo con él o ella. Este derecho también busca proteger el interés del menor a mantener relaciones familiares estables y afectivas.
¿Qué comprende este derecho?
Incluye:
- Visitas presenciales en días acordados (fines de semana, días hábiles, vacaciones, feriados)
- Llamadas telefónicas, videollamadas u otros medios de contacto
- Participación en actividades escolares, deportivas o recreativas
- Celebración conjunta de fechas importantes (cumpleaños, fiestas patrias, Navidad, etc.)
El objetivo es garantizar la continuidad del vínculo afectivo, aun cuando los padres vivan separados o uno de ellos no tenga el cuidado personal.
¿Quién puede solicitarlo?
Principalmente:
- El padre o madre que no tiene el cuidado personal
- En algunos casos, otros familiares cercanos (como abuelos o hermanos), si se acredita un vínculo afectivo significativo
¿Cómo se regula?
- Por acuerdo entre las partes
Puede establecerse por escrito mediante un acuerdo privado, ante notario o a través de mediación familiar.
Es recomendable que dicho acuerdo sea aprobado judicialmente. - Por resolución del Tribunal de Familia
Si no hay acuerdo, se puede presentar una demanda de relación directa y regular ante el tribunal.
El juez fijará un régimen considerando el interés superior del niño/a, la edad, sus necesidades y circunstancias particulares.
¿Qué pasa si se incumple el régimen?
Si una de las partes impide o no respeta el régimen establecido, se puede:
- Denunciar el incumplimiento ante el Tribunal de Familia
- Solicitar la modificación del régimen
- Pedir medidas de apremio, como multas, arresto nocturno o mediación obligatoria
¿Se puede modificar?
Sí. El régimen puede ser revisado y modificado si han cambiado las condiciones familiares, personales o del menor (por ejemplo, cambio de domicilio, edad, salud, conflictos entre las partes, etc.).
Mediación familiar
Antes de presentar una demanda por régimen de visitas, es obligatorio asistir a mediación familiar para intentar llegar a un acuerdo sin juicio. Solo si esta fracasa, se sigue el proceso judicial.
Principio clave: Interés Superior del Niño
El juez siempre resolverá en función del interés superior del niño o niña, asegurando su bienestar emocional, estabilidad y derecho a mantener vínculos familiares significativos.
